Sin reparación no hay justicia para víctimas de violaciones de derechos humanos

En julio de 2017, en Maracaibo, un joven manifestante fue torturado sexualmente por ocho agentes de la Policía Nacional Bolivariana. Los hechos narrados por la víctima fueron confirmados, y los funcionarios fueron condenados. Sin embargo, no hay altos cargos de la Policía Nacional Bolivariana investigados, a pesar de haber evidencias suficientes para iniciar procedimientos disciplinarios y penales. El Estado tampoco ha reparado el daño que infligió al joven. No hay justicia sin reparación a la víctima.

Por el contrario, el Estado, a través de una nota de prensa del Tribunal Supremo de Justicia y mensajes en redes sociales, ha revictimizado al joven al exhibir su identidad, exponiendo su seguridad personal y privacidad, a pesar de que se ha solicitado la reserva.

La falta de reparación de la víctima, la ausencia de investigación a altos cargos de la Policita Nacional Bolivariana y la revictimización por el sistema de justicia, reafirman la jurisdicción de la Corte Penal Internacional, bajo el principio de complementariedad. La Corte debe evaluar este caso como muestra del patrón sistemático de violaciones de derechos humanos en Venezuela desde al menos abril de 2017.

 

No hay justicia sin reparación a la víctima

El Estado debe reparar apropiadamente el daño que infligió al joven mediante la tortura sexual, el sometimiento de este a la justicia militar y la detención arbitraria por motivos políticos. Hasta que estas tres violaciones sistemáticas no hayan sido reparadas, no habrá justicia para la víctima y existirá la posibilidad de repetición de estos graves crímenes.

En el juicio se confirmaron actos y omisiones por parte de supervisores y comisionados de la Policía Nacional Bolivariana sin los cuales el delito no se hubiera cometido. Sin embargo, el Ministerio Público ha ignorado estos hechos y no ha abierto una investigación sobre las responsabilidades penales y disciplinarias que deben enfrentar estos funcionarios.

 

La identidad de la víctima debió y debe ser protegida

La víctima ha solicitado en múltiples ocasiones la reserva de su identidad por razones de seguridad y privacidad, pero los requerimientos han sido ignorados por el Circuito Penal del Estado Zulia, a pesar de haberse reportado actos de persecución ante la Fiscalía Superior del Ministerio Público.

A nivel nacional, el Estado ha implementado una política de exhibición de la identidad de la víctima sin empatía o consideración de los terribles daños infligidos a través de la tortura sexual. Esta política viola el derecho a la seguridad personal y la privacidad, y revictimiza dentro y fuera del proceso penal. Las víctimas merecen respeto. Las víctimas no son propaganda.

 

La Corte Penal Internacional tiene jurisdicción complementaria para conocer del caso

La falta de reparación a la víctima y la ausencia de investigación de altos mandos de la Policía Nacional Bolivariana confirman que en este caso no ha habido justicia plena como han anunciado el Tribunal Supremo de Justicia o el Ministerio Público.

La Comisión para los Derechos Humanos del estado Zulia (Codhez), en representación y asistencia legal de la víctima, exhorta al Estado venezolano: (1) reparar el daño que ocasionó al joven; (2) detener la política de exhibición de los datos identificatorios de las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos; y (3) proteger el derecho a la seguridad personal y a la privacidad de la víctima en el proceso judicial.

 

 

 

 

 

Sin reparación no hay justicia para víctimas de violaciones de derechos humanos

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