Secretario General de la ONU presenta informe sobre intimidación y represalias en contra quienes cooperen con las Naciones Unidas

El 17 de septiembre de 2021, el secretario general de la Organización de las Naciones Unidas presentó informe ante el Consejo de Derechos Humanos que reporta actos intimidación y represalias en contra de individuos y grupos que buscan cooperar, o que cooperan con las Organización de las Naciones Unidas en el ámbito de los derechos humanos durante el 1 de mayo 2020 al 30 de abril 2021.

El secretario general reportó que en Venezuela las ONG son etiquetadas como “criminales”, “mercenarios”, “ladrones”, “terroristas”, y “enemigos del Estado” incluyendo en foros de las ONU y en portales relacionados con el Gobierno. Estas etiquetas son utilizadas en relación con las denuncias de la sociedad civil de intimidaciones y represalias. En especial, los trabajadores aliados que implementan programas humanitarios de las Naciones Unidas.

Criminalización de los trabajadores humanitarios: Caso Azul Positivo y su negativa repercusión

El caso. El informe del secretario general de la ONU indicó que el 12 de enero de 2021, oficiales detuvieron, interrogaron al personal, y decomisaron computadoras, tarjetas de ayuda humanitaria, las bases de datos de los beneficiarios y los teléfonos de Azul Positivo. Seguidamente, los Sres. León Reyes, Mr. Bermúdez, Gutiérrez Díaz, and Gómez Di Maggio fueron detenidos sin acceso a asistencia legal o a la comunicación con sus familiares durante ese momento. Fueron liberados el 10 de febrero de 2021, pero los cargos no habían sido retirados.

 

El Caso de Azul Positivo y los efectos expansivos y criminalizadores sobre los defensores de derechos humanos:

El informe deja ver que el caso de la organización Azul Positivo no solo tuvo efectocontra la entidad individualmente. Por el contrario, tuvo efectos expansivos sobre quienes desempeñan la defensa de los derechos humanos y la asistencia humanitaria.

  1. La detención arbitraria se llevó a cabo en conexión con su trabajo como Aliados de Implementación de los programas de ayuda humanitaria de la ONU. De allí que múltiples actores de la ONU, incluyendo el portavoz de la Secretaria General señaló la detención y llamó por su liberación.
  2. La detención de los miembros de Azul Positivo tuvo una característica importante: el uso de ley contra el Crimen Organizado y Financiamiento al Terrorismo para criminalizar el uso del financiamiento del extranjero relacionado con programas humanitarios.
  3. Estos funcionarios han promovido el acoso en contra de la ONG a través de una narrativa enemiga en contra de la cooperación en derechos humanos. Al respecto, se resaltó que en el artículo publicado en medios oficiales y referidos por varios funcionarios de Alto Rango se acusó a las ONG de “participar en esta compilación de acusaciones sin soporte” y de recibir financiamiento extranjero “para desestabilizar el país”. La información fue compartida por Twitter por la ministra para las relaciones internacionales. Seguidamente, los oficiales gubernamentales hicieron señalamientos públicos similares en contra la sociedad civil, incluyendo también a los canales institucionales y sitios oficiales. El 6 de mayo de 2021, el gobierno respondió a una comunicación de los titulares de los mandatos, declarando que la libertad de expresión está reconocida y protegida en Venezuela y que hay un debate público sobre todos los tópicos que conciernen a los asuntos nacionales en los cuales las ONG son libres de participar. El gobierno respondió a estas alegaciones. El gobierno sostuvo que las referencias hechas por los actores en la vida pública no pueden ser considerados como “acoso”. Según el gobierno, como actores clave en el debate democrático, son objeto de un nivel más elevado de escrutinio y deberían tener un mayor grado de tolerancia a la crítica.
  4. En la actualización oral del 10 de marzo de 2021, la Misión de Verificación de Hechos expresó sus preocupaciones acerca del endurecimiento de los requisitos para el registro, financiamiento y operaciones de las ONG.
  5. Los titulares de los Mandatos expresaron su preocupación sobre la adopción de una ley que restringir significativamente el acceso de financiamiento extranjero a las ONG.
  6. Los mismos expertos advirtieron que dichas medidas tuvieron un “efecto paralizador” para la ayuda humanitaria de las poblaciones vulnerables. Al respecto, el 11 de marzo de 2021 en la actualización oral en el Consejo de Derechos Humanos, la Alta Comisionada de derechos Humanos, subrayó la intimidación, acoso y criminalización el múltiples sectores de la sociedad civil y la restricciones en las operaciones de las ONG, resaltando los cargos relacionados a la legislación antiterrorista y de lavado de dinero a los que se enfrentaban los cincos individuos de azul positivo por haber proveído de asistencia como parte del Plan de Respuesta Humanitaria de la Organización de las Naciones Unidas.

 Hostigamiento a quienes colaboren con la ONU

Según el informe, el 20 de septiembre de 2021 los expertos independientes de la Misión Internacional de Verificación de Hechos en Venezuela pidieron garantías de protección frente a las represalias contra aquellos que han proveído de información a la Misión y a sus familiares. Se reportaron casos concretos de actos de criminalización del trabajo humanitario y empeoramiento en las condiciones de encarcelamiento de ciudadanos luego de haber colaborado con la Misión:

  • Caso Capitán de la Fuerza Naval Sr. Luis de la Sotta. Sus condiciones de detención han empeorado luego de haber cooperado con las ONU. Inclusive, luego de haber sido incluido en los reportes de la Misión. El informe reporta que dos días después de la publicación del informe, el capitán naval el Luis de la Sotta fue trasladado a una celda 60x60cm x 2.75m. Ahí lo mantuvieron por al menos las 12 horas siguientes. Las medidas de las celdas obligaron a Mr. De la Sotta a mantenerse de pie. Según el reporte, estuvo esposado, tenía dificultad para respirar debido a la falta de ventilación y no tenía acceso a la comida, agua o recursos sanitarios.
  • Caso Cinco organizaciones civiles estigmatizadas. Los procedimientos especiales de la ONU señalaron la estigmatización de cinco organizaciones no gubernamentales y de dos individuos por oficiales del alto rango del Estado después de haber cooperado con la ONU o a la Misión. El 24 de septiembre del 2020, el portal digital Misión Verdad publicó un artículo llamado “Desmantelando el reporte de la Misión Independiente para la verificación de hechos en Venezuela: Las fuentes”. El articulo mencionó a 5 ONG como fuentes del reporte y a dos de sus directores. Las cinco ONG mencionadas y dos de sus miembros son: Comité de Familiares de Víctimas del Caracazo (COFAVIC); Observatorio Venezolano de Conflictividad Social (OVCS); Centro de Justicia y Paz (CEPAZ);Control Ciudadano y su director Sra. Rocío San Miguel; y Espacio Público y su director Sr. Carlos Correa. Este artículo, también fue reportado, mostró una fotografía de la Sra. Liliana Ortega Mendoza, cofundadora de COFAVIC, cuyo caso ha sido incluido en el informe del 2019 de la secretaria general.

Seguimiento de otros casos de graves violaciones a los derechos humanos:

  • Caso Sra. María Lourdes Afiuni: El caso de la jueza Sra. Lourdes Afiuni se incluyó en los informes de 2020 y 2019 del secretario general, así como en informes anteriores desde 2010 sobre denuncias de detención arbitraria y malos tratos tras una decisión adoptada en su calidad de juez sobre la base de la opinión del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria. El 4 de julio de 2019, se concedió la libertad condicional a la Sra. Afiuni. El 8 de noviembre de 2020, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema resolvió desestimar la apelación de la Sra. Afiuni por ser presuntamente «manifiestamente infundada» y confirmó su condena de cinco años de prisión. El juez aún debe determinar si su sentencia se ha cumplido en su totalidad. Los titulares de mandatos declararon que el castigo de la Sra. Afiuni representa un caso emblemático que, según se informa, genera un temor generalizado entre los jueces del país a emitir fallos contrarios a la voluntad del Gobierno. El 18.03.2021, el Gobierno respondió, proporcionando detalles sobre el caso, incluidos los procedimientos legales pasados ​​y en curso, indicando que se había garantizado el debido proceso en todo momento.
  • Caso Sr. Fernando Albán: El caso fue incluido en los informes de 2020 y 2019 del secretario general tras su detención y muerte bajo custodia, luego de regresar de Nueva York para reunirse con diferentes actores al margen de la Asamblea General. Según información recibida por la Alta Comisionada, el 8 de octubre de 2020 el Juzgado Vigésimo Noveno de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas anuló las acusaciones contra los dos funcionarios por violaciones al debido proceso. Según se informa, el abogado de la familia del Sr. Albán no tuvo acceso a la decisión. El 1 de mayo de 2021, el fiscal general anunció nuevas órdenes de arresto contra los mismos dos agentes del SEBIN por los cargos de homicidio, incumplimiento de los protocolos de detención y complicidad de fuga. El Gobierno informó que el Ministerio Público solicitó orden de aprehensión contra dos agentes del SEBIN que lo custodiaban por cargos de homicidio, incumplimiento de normativa de custodia, asociación delictiva y facilitación de la fuga de un detenido. El Gobierno manifestó que este hecho aislado está siendo escuchado por los órganos jurisdiccionales competentes con todas las garantías del debido proceso y el derecho a la defensa.

 

Prensa Codhez

 

 

 

 

 

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